Your address will show here +12 34 56 78
Legislación, Legislación Laboral, Requisitos trabajo menores de edad

¿QUÉ SON LAS PRESTACIONES SOCIALES Y CÓMO SE LIQUIDAN?

Como empresario te has preguntado muchas veces qué son las prestaciones sociales y cómo puedes incluirlas en la nómina de cada colaborador de tu empresa, pues bien, acá te contamos cómo puedes hacerlo y cuándo debes pagarlas. Las prestaciones sociales son beneficios adicionales de la nómina, es un pago extra que el empleador le debe dar a los trabajadores que se encuentran vinculados por medio de un contrato laboral. Lo podemos llamar como un tipo de reconocimiento al aporte que brinda a la generación de ingresos y utilidades en la compañía, pero debes tener en cuenta algunos factores específicos a la hora de pagar tu nómina.

 

¿Cuáles son las prestaciones sociales?

 

Estas se dividen en cuatro ítems que debes tener presente a la hora de pagar tu nómina, estas son: la prima de servicio, las cesantías, los intereses sobre cesantías y las vacaciones que, aunque no son exactamente una prestación social se incluyen allí por simplicidad.  Todos los colaboradores tienen derechos a recibir dichos pagos, ya que el código sustantivo del trabajo afirma que los empleados contribuyen al desarrollo de la empresa y a la generación de utilidades.

 

¿Cómo calcular las prestaciones?


Es importante que tengas presente que todas las fórmulas para la liquidación de dichas prestaciones dependen de diferentes variables que debes saber al momento en el que realices los cálculos.

 

  1. Liquidación de cesantías: Las cesantías son un aporte que el colaborador recibe por parte del empleador adicional de su salario para que en caso de llegar a quedar desempleado puedan utilizarlas para respaldar sus obligaciones y responsabilidades. El pago de dichas cesantías no se realiza de manera directa al trabajador, si no que se consignan al fondo de cesantías de manera anual antes del 15 de febrero.

 

Para liquidarlas debes utilizar la siguiente fórmula.

 

El salario + Auxilio de transporte X los días laborados

___________________________________________________

Dividido en 360

Por cada año laborado, el colaborador tiene derecho a recibir un salario mensual o proporcional al tiempo trabajado.

 

  1. Liquidación de intereses de cesantías: Los intereses de cesantías son el reconocimiento que el empleador debe calcular por el tiempo trabajador de un colaborador en la organización, es importante que tengas en cuenta que estos se deben pagar de forma anual antes del 31 de enero o en el momento que se finalice la relación laboral.

 

Para liquidar los intereses debes utilizar la siguiente fórmula.

 

Cesantías X 0.12 % X Días trabajados

______________________________________

Dividido en 360

 

  1. Liquidación de la prima de servicios: Todos los colaboradores están en el derecho de recibir un mes de salario y se debe dividir en dos periodos, el primero antes del 30 de junio del año en curso, y el segundo durante los primeros 20 días del mes de diciembre.

 

Para liquidar la prima de servicios debes utilizar la siguiente fórmula

 

Salario mensual + Auxilio de transporte X los días trabajados

________________________________________________________

Dividido en 360

 

  1. Vacaciones: Debes tener presente que las vacaciones no son prestaciones sociales, pero como te lo mencionamos anteriormente lo manejan dentro de estas por simplicidad. Las vacaciones son un descanso remunerado, al que tiene derecho el colaborador.  

Los colaboradores que trabajen durante un año en tu organización tienen derecho a recibir 15 días hábiles de vacaciones remuneradas o de forma proporcional al tiempo laborado.


.

 

Para liquidar las vacaciones debes utilizar la siguiente fórmula

 

Salario mensual X Días trabajados

_______________________________________

Dividido en 720

 

 Conocer las fórmulas, los tiempos y aplicarlas en tu organización puede evitarte sanciones legales relacionadas a la liquidación errónea, es importante que todos los colaboradores conozcan sus derechos de recibir estos pagos ya que ellos contribuyen al desarrollo de la compañía.

 

Para evitar los errores y los problemas legales que te puede generar si te equivocas en tu nómina, evita dolores de cabeza y utiliza los servicios de GJ ASESORES Y CONSULTORES, un software integral que atiende todas las necesidades administrativas.

 

 

0

Legislación, Legislación Laboral, Requisitos trabajo menores de edad

REQUERIMIENTOS LEGALES PARA CONTRATAR UN MENOR DE EDAD EN COLOMBIA

 

Los niños están protegidos contra toda forma de explotación laboral y cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores, porque los derechos de los menores de edad prevalecen sobre los derechos de los demás.

“El trabajo infantil se debe entender como toda actividad que pueda atentar contra la integridad física, psicológica y moral de los niños, niñas y adolescentes. Hay acciones que son formativas y pueden contribuir al desarrollo, pero también existen otras que los pueden vulnerar ”, aclaró Alejandra León Amaya, profesional especializada de la Dirección de Derechos Fundamentales del Trabajo.

 

En el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niños o niñas a las personas entre los 0 y 12 años y por adolescentes a quienes tengan entre 12 y 18 años de edad.

El Artículo 35 de la Ley 1098 señala que para que un niño o adolescente pueda ejercer alguna labor “se requiere la respectiva autorización de un Inspector de Trabajo o, en su defecto, del Ente Territorial Local y gozará de las protecciones laborales consagradas en el régimen laboral colombiano”, por supuesto, sus padres o un adulto responsable también forman parte de este proceso.

 

EDAD MÍNIMA PARA EL TRABAJO PELIGROSO

La edad mínima para el trabajo peligroso se establece en 18 años. El Código de Trabajo prohíbe el trabajo de los niños menores de 18 años en minería subterránea y pintura industrial (artículo 242).

La Resolución 3597 de 2013 proporciona una lista completa de las actividades identificadas como las peores formas de trabajo infantil dentro de 11 categorías y subcategorías ocupacionales. Estos incluyen la agricultura, la ganadería, la caza y la silvicultura, la pesca, la minería y canteras, industrias manufactureras, la construcción, el transporte y el almacenamiento, los servicios de salud, y la defensa; también se incluyen las actividades del sector informal, como la venta ambulante, el servicio doméstico, y la compactación de basura y reciclaje. También se prohíbe el empleo de niños en las condiciones de trabajo que pueden causar un riesgo para su salud y seguridad. Estos incluyen los lugares de trabajo con temperaturas altas (calor o frío), con un ruido continuo o intermitente, lugares de trabajo con exposición a riesgos físicos o biológicos, lugares con poca ventilación, etc. El Ministerio de Trabajo emitió una nueva Resolución (N ° 1796 de 2018) que deroga la resolución anterior de 2013.

La mencionada resolución prohíbe las siguientes condiciones de trabajo para los keep reading

0

× ¿Necesita ayuda?